El Sindicato Nacional Minero Metalúrgico (Sindicato Frente) denunció que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje favoreció el recuento de votos en el caso de la mina San Rafael, en Cosalá, Sinaloa, al sindicato del senador Napoleón Gómez Urrutia y, por lo tanto, llevará el caso a los panelistas laborales del Tratado México, Estados Unidos, Canadá (T-MEC).
El Sindicato Frente indica que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje incurrió en violaciones a la libertad sindical. Al respecto, Carlos Pavón Campos, secretario general del sindicato, comentó que la junta favorece notoriamente al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana en el recuento de votos que se realizará el día 17 de septiembre, pues no avisó con tiempo suficiente a las otras organizaciones involucradas por el temor de que éste no gane el recuento:
“Tiene que dar fecha del recuento con 24 horas hábiles, y eso no pasó, dejó en plena indefensión a los otros sindicatos, todo para favorecer a Napo. La libertad sindical para la JFCyA no es válida, buscan favorecer a sus políticos cercanos”.
Y sobre el mismo asunto, el sindicato de la CTM que detenta desde 2019 el contrato colectivo de trabajo, se abstendrá de participar en el recuento de los trabajadores, ante la violencia desatada por Gómez Urrutia.
Acciones por parte de Napoleón Gómez Urrutia
Estas maniobras de la junta y el cierre unilateral de la mina el 26 de enero de este año por operadores del senador Gómez Urrutia, provocaron que la empresa subsidiaria Trituradores Mineros del Noroeste, diera por terminadas las relaciones laborales.
Recordó que esa fue una toma ilegal, ya que el sindicato de Napoleón Gómez no tiene el contrato colectivo de trabajo. “Desde un principio hubo una clara violación a la libertad sindical”.
Pavón Campos también señaló que hay agresiones físicas hacia los trabajadores que no quieren a Gómez Urrutia así como amenazas y todo tipo de chantaje por parte de su operador Yasser Beltrán:
“Y al no existir las condiciones mínimas para operar, la empresa canadiense decidió dar por terminadas las relaciones, conforme al artículo 434 y demás relativos a la Ley Federal del Trabajo”.