Logotipo del ISSSTE sobre fachada institucional, reflejando fallo de Suprema Corte sobre descuentos FOVISSSTE
Suprema Corte limita descuentos de FOVISSSTE a trabajadores del ISSSTE

Suprema Corte limita descuentos de FOVISSSTE a trabajadores del ISSSTE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido un fallo que marca un precedente vital en la defensa de los derechos laborales en México. La resolución establece que el FOVISSSTE no puede descontar más del 30% del salario de los trabajadores del ISSSTE, incluso en caso de adeudos hipotecarios.

Este criterio protege el sustento económico de miles de empleados del Estado mexicano, quienes históricamente han enfrentado descuentos excesivos que vulneran su estabilidad financiera. La Segunda Sala de la Corte determinó que los límites del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo deben respetarse, aun cuando el crédito provenga de una institución pública.

Tope de descuento garantiza condiciones de vida digna

Además, se advirtió que la “cesión de derechos” firmada por los trabajadores al aceptar el crédito no puede utilizarse como pretexto para evadir el límite legal. La Corte subrayó que el respeto a este tope busca garantizar condiciones mínimas de vida digna para los trabajadores y sus familias.

Del mismo modo, se remarcó que cualquier cláusula contractual que exceda ese porcentaje resulta nula, aun cuando haya sido aceptada voluntariamente. Esto coloca a la Corte como un actor clave en la contención de prácticas que priorizan la recuperación crediticia sobre los derechos sociales.

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