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Sindicatos tendrán que acreditar representatividad para emplazar a huelga

Para poder registrar un contrato colectivo de trabajo, emplazar a huelga o demandar la titularidad de un contrato, los sindicatos deberán obtener una Constancia de Representatividad.

Con la entrada en vigor del nuevo sistema laboral, las cuestiones registrales dependerán de esta constancia expedida por el Centro de Conciliación y Registros Laborales (CFCRL).

Uno de los cambios importantes es que de entrada la Junta de Conciliación y Arbitraje dejará de ser el primero en conocer temas relacionados con sindicatos, ello a partir del 17 de noviembre, ya que previamente deberán tramitar su Constancia de Representatividad ante el nuevo órgano federal.

Así, el trámite es ante la Junta de Conciliación. Hasta ahora, si un sindicato quiere emplazar a huelga primero emplaza, demanda la huelga porque quieren un contrato colectivo de trabajo, primero estalla la huelga, empiezan las mesas de diálogo y después averiguamos si tiene o no trabajadores.

En cambio, con la reforma, primero se va a investigar si efectivamente dicho sindicato tiene trabajadores, y esa constancia de representatividad la va a entregar el Centro Federal de Conciliación y Registros Laborales.

Se evitarán extorsiones a las empresas

Alfredo Domínguez Marrufo, el director del CFCRL, indicó que con esta reforma se evita que los sindicatos extorsionen a las empresas.

Acerca de las fechas en las que entrará en vigor esta reforma el director declaró:

Se están acordando las fechas exactas porque se quieren coordinar a las 8 entidades federativas; así como con el poder Judicial de la federación y al propio Centro de Conciliación Laboral para que en acuerdo y consenso puedan establecer una fecha determinada.

Acerca de la Constancia de Representatividad, Domínguez Marrufo explica:

La Constancia de Representatividad es la garantía que van a tener hoy trabajadores y empleadores que actualmente son motivo de extorsiones y tentativas por parte de pseudolideres y pseudo sindicatos que son emplazados a huelga con una sola manifestación; es decir, con un escrito donde manifiestan que ellos son los titulares del contrato colectivo porque tiene el respaldo de la mayoría de los trabajadores, eso ya no podrá ocurrir.

Editor Sindicatos

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