Opinión

T-MEC y sindicatos de industria en México son el punto de quiebre: Landero Aramburu

A unos meses de la entrada en vigor del T-MEC, algunos sindicatos de Estados Unidos ya están planteando la posibilidad de iniciar procesos de queja por violación a los acuerdos del anexo 23-A relativos a la libertad sindical en México.

De acuerdo con Vladimir Ricardo Landero Aramburu, abogado postulante y Maestro en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, los sindicatos de la industria serán el punto de quiebre ante el T-MEC y no los sindicatos de empresa.

T-MEC: sindicatos de empresa vs. sindicatos de industria

En primer lugar, en los sindicatos de empresa es mucho más fácil acreditar que se cumple con la libertad sindical y todas las obligaciones del anexo 23-A del T-MEC, así como la reforma laboral. Por el contrario, los sindicatos de industria abarcan un sector industrial o productivo en un estado o a nivel nacional.

Landero Aramburu explica:

Muchas de las industrias que son materia del tratado comercial T-MEC tienen firmado un Contrato Colectivo de Trabajo con sindicatos de industria, así que hoy tendrán la dificultad de acreditar que se cumple con la Reforma Laboral y la libertad sindical del Anexo 23-A, pues todos los trabajadores que lo constituyen deben expresar su voluntad de forma personal, libre, directa y secreta.

Por ejemplo, en una empresa automotriz radicada en México, en donde exista un sindicato de industria como titular del contrato colectivo de trabajo, si se alega en un panel del T-MEC que ese sindicato no cumplió con las obligaciones de libertad sindical al nombrar al Comité Ejecutivo, se revisará no sólo el tema relativo a la empresa automotriz , sino toda la vida sindical del sindicato de industria titular.

Así, si en alguna de las muchas industrias que agrupa no se cumplió con la libertad sindical, sería razón suficiente para considerar que existe una violación a la Ley y al T-MEC, haciéndose acreedores a las sanciones correspondientes.

El especialista aclara:

Es muy delicado lo anterior, no serán nada sencillos los paneles arbitrales al respecto, la responsabilidad que conllevan los sindicatos y las autoridades laborales (de verificar) es muy grande, y sin duda es un riesgo que las empresas susceptibles de reclamaciones en el marco del TMEC deberán analizar.

Landero Aramburu plantea que podríamos ver el final de los sindicatos de industria de protección ante el riesgo que representan, pues hay muchos intereses económicos y políticos en medio.

Nydia Mejía

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