Resolución de amparo en la SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo en favor de trabajadores que denunciaron cláusulas contractuales contrarias a la libertad sindical y a la negociación colectiva en México. El fallo marca un precedente relevante en la defensa de derechos fundamentales de la clase trabajadora.
El 10 de febrero de 2026, el Pleno analizó un amparo directo en revisión relacionado con disposiciones del contrato colectivo 2021-2023 del Instituto Mexicano del Petróleo. La Corte determinó que ciertas cláusulas resultaban discriminatorias y afectaban derechos de libre asociación y representación sindical.
Además, la ministra Yasmín Esquivel Mossa respaldó el proyecto que otorgó el amparo al Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto Mexicano del Petróleo. Durante la discusión, sostuvo que ninguna entidad gubernamental puede vulnerar la libertad sindical ni la negociación colectiva, al tratarse de derechos inherentes a la clase trabajadora.
Por otro lado, el procedimiento se promovió contra el Instituto Mexicano del Petróleo y su sindicato, al considerar que algunas disposiciones contractuales limitaban el ejercicio pleno de derechos colectivos. La resolución obliga a revisar y ajustar las cláusulas impugnadas conforme a los estándares constitucionales y laborales vigentes.
Asimismo, la ministra planteó precisar con mayor claridad la diferencia entre libertad sindical y negociación colectiva, con el objetivo de fortalecer la protección jurídica de ambos principios. En su intervención subrayó que cualquier modificación contractual que restrinja estos derechos implica una vulneración directa al marco constitucional.
De igual manera, el fallo reafirma la obligación del Estado mexicano de garantizar que los contratos colectivos respeten los estándares de no discriminación y libre asociación establecidos en la Constitución y en tratados internacionales.
En consecuencia, el amparo consolida el criterio de que la libertad sindical no admite restricciones arbitrarias. La decisión envía un mensaje claro a instituciones públicas y empleadores sobre la necesidad de ajustar sus prácticas contractuales al respeto pleno de los derechos laborales colectivos.
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