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Sindicatos pactan preacuerdo para el trabajo a distancia en España

Los responsables técnicos del Ministerio de Trabajo y de las patronales CEOE-Cepyme y los sindicatos CC OO y UGT cerraron finalmente en la tarde del lunes un preacuerdo para regular el trabajo a distancia en España.

Se prevé que las organizaciones sindicales y empresariales aprueben este preacuerdo para que, después, reciba el visto bueno del Consejo de Ministros a mediodía, según han confirmado distintas fuentes de la negociación.

Actualmente, la ley española no desarrolla legalmente el trabajo a distancia ya que solo menciona su existencia en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores. Por ello, si no se aprobara esta norma –que debido a la urgencia de la situación tendrá forma de Real Decreto-Ley– existiría un cierto vacío legal para todos aquellos que sigan teletrabajando por motivos del Covid-19.

Claves del preacuerdo para el trabajo a distancia

El trabajo a distancia deberá afectar al menos al 30% de la jornada laboral, no podrá ser impuesto de forma unilateral ni por el empleo ni por el empleador sino fruto de un acuerdo entre ambos y será revocable.

Aunque la norma, que entre otras novedades recoge la obligación empresarial de costear los gastos del teletrabajador, será de obligado cumplimiento desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, también incluye algunas excepciones en su aplicación. Así por ejemplo, las empresas que hayan optado por trabajar a distancia como medida de contención sanitaria por la pandemia de Covid-19 y no como decisión organizativa, no tendrán que formalizar el acuerdo de trabajo a distancia que obliga a firmar esta ley a la empresa y al trabajador.

Además, la norma precisa que «En todo caso, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario.»

El sistema de registro horario de los teletrabajadores, “deberá reflejar fielmente el tiempo que se realiza trabajo a distancia” sin perjuicio de la flexibilidad horaria y deberá incluir el inicio y del final de su jornada.

 

Editor Sindicatos

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